Tema VII. Ejecución y gestión del planeamiento
La ejecución del planeamiento: unidades de actuación
Una vez aprobado el plan, su ejecución material se lleva a cabo mediante la delimitación de unidades o ámbitos de actuación, sobre los que se distribuyen equitativamente los beneficios y cargas derivados del planeamiento entre los propietarios afectados (principio de equidistribución), y se materializan las cesiones obligatorias y gratuitas de suelo con destino a dotaciones públicas (viales, zonas verdes, equipamientos) y a la Administración actuante (el denominado aprovechamiento urbanístico que corresponde a la comunidad).
Sistemas de ejecución
Las legislaciones autonómicas regulan distintos sistemas de ejecución, agrupables en dos grandes categorías:
- Sistemas de gestión pública o expropiatoria: la Administración adquiere los terrenos mediante expropiación forzosa (Tema conexo con expropiación forzosa, estudiada de forma transversal en Administrativo II) y ejecuta directamente las obras de urbanización, repercutiendo posteriormente su coste.
- Sistemas de gestión privada o de compensación: los propietarios se constituyen en junta de compensación y asumen, a su costa, la urbanización del ámbito, con reparto proporcional de beneficios y cargas; o bien se articula el sistema de cooperación, en el que los propietarios aportan el suelo de cesión obligatoria y la Administración ejecuta las obras, repercutiendo su coste mediante cuotas de urbanización.
- Agente urbanizador: figura característica de algunas legislaciones autonómicas (originariamente valenciana), mediante la cual un urbanizador, no necesariamente propietario, asume la gestión y ejecución de la urbanización, seleccionado mediante concurso público.
Los instrumentos de gestión: reparcelación y proyectos de urbanización
La reparcelación es la operación jurídica mediante la cual las fincas originarias de un ámbito de actuación se transforman en nuevas fincas de resultado, adaptadas al planeamiento, con adjudicación a los propietarios en proporción a sus derechos y con las cesiones obligatorias correspondientes a la Administración. El proyecto de urbanización es el instrumento técnico que desarrolla las obras de urbanización previstas en el planeamiento (viales, redes de abastecimiento, saneamiento, alumbrado), sin poder contener determinaciones propias de la ordenación.
Ejemplo práctico
En un ámbito de suelo urbanizable sujeto al sistema de compensación, un propietario se niega a incorporarse a la junta de compensación. La legislación urbanística prevé, para estos casos, la expropiación de su finca por parte de la propia junta, actuando como beneficiaria de la expropiación, como mecanismo para no paralizar la ejecución del planeamiento por la falta de colaboración de un propietario minoritario.
Ideas clave
- La ejecución del planeamiento se articula sobre unidades de actuación y el principio de equidistribución de beneficios y cargas.
- Los sistemas de ejecución se agrupan en públicos (expropiación, cooperación) y privados (compensación, agente urbanizador).
- La reparcelación transforma las fincas originarias en fincas de resultado adaptadas al planeamiento.
- El proyecto de urbanización desarrolla técnicamente las obras, sin alterar las determinaciones de ordenación del plan.