Tema X. Los contratos bancarios (II)
Servicios de pago y contratos bancarios de gestión
La Ley 16/2009, de Servicios de Pago (sustituida en su marco regulatorio europeo por normas posteriores, singularmente la Directiva de Servicios de Pago PSD2, incorporada por el Real Decreto-ley 19/2018) regula los instrumentos a través de los cuales se ejecutan las órdenes de pago del cliente:
- Transferencia bancaria: orden del cliente (ordenante) a su banco para que transfiera fondos a la cuenta de un tercero (beneficiario).
- Domiciliación bancaria: el cliente autoriza a un tercero (acreedor) a girar cargos periódicos o puntuales contra su cuenta, dentro del marco de la zona única de pagos en euros (SEPA).
- Tarjetas de pago (de débito y de crédito): instrumentos que permiten al titular disponer de fondos propios (débito) o de una línea de crédito concedida por el emisor (crédito) para el pago de bienes y servicios o la disposición de efectivo, con un régimen específico de responsabilidad por operaciones no autorizadas que protege al usuario cuando notifica sin demora indebida la pérdida, sustracción o utilización no autorizada del instrumento.
- Cheque: título valor a la orden o al portador que contiene un mandato de pago dirigido por el librador (cliente) al banco librado, pagadero a la vista, regulado por la Ley Cambiaria y del Cheque.
El descuento bancario
El contrato de descuento es aquel por el que el banco (descontante) anticipa al cliente (descontatario) el importe de un crédito no vencido que este ostenta frente a un tercero (habitual y típicamente instrumentado en una letra de cambio u otro efecto cambiario), descontando del importe nominal el interés correspondiente al tiempo que resta hasta el vencimiento y su comisión, a cambio de que el cliente le transmita (mediante endoso, en el caso de efectos cambiarios) el crédito descontado. Si al vencimiento el deudor del crédito descontado no paga, el banco dispone de la acción de regreso frente al cliente descontatario (que responde, salvo pacto de descuento sin recurso, de la solvencia del deudor cedido), lo que distingue al descuento de una simple cesión o compra de crédito en firme.
El leasing o arrendamiento financiero
El arrendamiento financiero (leasing) es el contrato por el que una entidad de leasing (arrendador financiero) adquiere, a solicitud del cliente (arrendatario financiero), la propiedad de un bien mueble o inmueble elegido por este, y se lo cede en uso a cambio de una renta periódica, reconociéndose al arrendatario, al término del contrato, una opción de compra por un valor residual predeterminado. Combina así una función de financiación (el cliente evita el desembolso inicial de la adquisición) con una función de utilización del bien, y presenta una naturaleza jurídica compleja y unitaria, con elementos del arrendamiento y de la compraventa a plazos, aunque no se identifica plenamente con ninguno de ellos.
El renting
El renting (arrendamiento operativo o de explotación) es un contrato atípico, próximo al arrendamiento de cosas, por el que una empresa cede a otra el uso de un bien (típicamente vehículos o equipos) a cambio de una renta periódica que suele incluir servicios adicionales de mantenimiento y seguro, sin que se incorpore necesariamente una opción de compra al finalizar el contrato, a diferencia del leasing, lo que lo aproxima más a un arrendamiento con servicios que a una operación de financiación en sentido estricto.
Ejemplo práctico
Una empresa es titular de una letra de cambio con vencimiento a 90 días frente a un cliente suyo y necesita liquidez inmediata. Acude a su banco y descuenta el efecto: el banco le anticipa el nominal menos los intereses y comisiones correspondientes al periodo hasta el vencimiento. Si llegado el vencimiento el librado no paga la letra, el banco podrá ejercitar la acción de regreso frente a la empresa que descontó el efecto, salvo que se hubiera pactado expresamente un descuento sin recurso.
Ideas clave
- La normativa de servicios de pago (PSD2, transpuesta por el RDL 19/2018) regula transferencias, domiciliaciones y tarjetas dentro del espacio SEPA.
- El descuento bancario anticipa créditos no vencidos, normalmente cambiarios, con acción de regreso del banco frente al cliente si el deudor no paga.
- El leasing combina financiación y cesión de uso de un bien, con opción de compra final por valor residual.
- El renting es un arrendamiento operativo, próximo al arrendamiento de cosas con servicios asociados, sin opción de compra necesaria.