Tema 8. Contingencias comunes: prestaciones (II)
Contingencias comunes: prestaciones (II)
Incapacidad permanente
Situación del trabajador que, tras haber estado sometido a tratamiento y ser dado de alta médicamente, presenta reducciones anatómicas o funcionales graves que disminuyen o anulan su capacidad laboral y se prevén definitivas. El TRLGSS distingue grados:
- Incapacidad permanente parcial: disminución no inferior al 33% en el rendimiento normal para la profesión habitual, sin impedir la realización de las tareas fundamentales de la misma. Se compensa con una indemnización a tanto alzado.
- Incapacidad permanente total: inhabilita al trabajador para su profesión habitual, pero le permite dedicarse a otra distinta. Pensión vitalicia (55% de la base reguladora, incrementable con el complemento del 20% —“total cualificada”— para mayores de 55 años con dificultades de empleabilidad).
- Incapacidad permanente absoluta: inhabilita por completo para toda profesión u oficio. Pensión del 100% de la base reguladora.
- Gran invalidez: situación del trabajador afecto de incapacidad permanente que, por consecuencia de pérdidas anatómicas o funcionales, necesita la asistencia de otra persona para los actos más esenciales de la vida. Pensión de incapacidad permanente absoluta incrementada con un complemento destinado a retribuir a la persona que le atiende.
La incapacidad permanente puede ser objeto de revisión por agravación, mejoría o error de diagnóstico.
Jubilación
Prestación que cubre el cese en el trabajo al alcanzar la edad legalmente establecida (progresivamente elevada hasta los 67 años, salvo carreras de cotización largas, que permiten jubilarse a los 65), exigiendo un período mínimo de cotización de 15 años (de los cuales al menos 2 deben estar comprendidos dentro de los 15 años anteriores al hecho causante). La cuantía se calcula aplicando a la base reguladora un porcentaje que crece con los años cotizados, hasta alcanzar el 100% con las carreras de cotización completas. Existen modalidades específicas: jubilación anticipada (voluntaria e involuntaria, con coeficientes reductores), jubilación parcial (compatible con un contrato a tiempo parcial y, en su caso, un contrato de relevo) y jubilación activa (compatibilidad de la pensión con el trabajo).
Muerte y supervivencia
Conjunto de prestaciones que amparan a los familiares del causante fallecido:
- Auxilio por defunción: cantidad a tanto alzado para sufragar los gastos del sepelio.
- Pensión de viudedad: reconocida al cónyuge supérstite (y, con ciertos requisitos, a la pareja de hecho), 52% de la base reguladora del causante (incrementable en determinados supuestos de cargas familiares o falta de otros ingresos).
- Pensión de orfandad: reconocida a los hijos del causante, generalmente hasta los 21 o 25 años según circunstancias (estudios, discapacidad).
- Prestación en favor de familiares: para otros parientes que dependieran económicamente del causante.
Desempleo
Protege la situación de quienes, pudiendo y queriendo trabajar, pierden su empleo o ven reducida su jornada. Se estructura en dos niveles:
- Nivel contributivo: exige período de cotización de al menos 360 días en los 6 años anteriores; duración proporcional al período cotizado (entre 4 y 24 meses); cuantía decreciente (70% de la base reguladora los primeros 180 días, 50%/60% después, según normativa vigente).
- Nivel asistencial (subsidio): para quienes agotan la prestación contributiva sin derecho a nueva prestación, o no alcanzan el período mínimo de cotización, sujeto a requisitos de carencia de rentas.
- Renta Activa de Inserción (RAI) y otros programas específicos para colectivos con especiales dificultades de empleabilidad.
Ejemplo práctico
Un trabajador declarado en situación de incapacidad permanente total para su profesión habitual de conductor puede, no obstante, desempeñar otro trabajo distinto (por ejemplo, en tareas administrativas), siendo esta compatibilidad la nota distintiva frente a la incapacidad permanente absoluta.
Ideas clave
- La incapacidad permanente se gradúa en parcial, total, absoluta y gran invalidez, con distinta intensidad protectora.
- La jubilación exige edad legal y período mínimo de cotización, con modalidades anticipada, parcial y activa.
- Muerte y supervivencia comprende auxilio por defunción, viudedad, orfandad y prestación en favor de familiares.
- El desempleo combina un nivel contributivo y un nivel asistencial (subsidio), además de programas específicos como la RAI.