Saltar al contenido
Tema 19. Titulares del derecho a las prestaciones del SAAD

Tema 19. Titulares del derecho a las prestaciones del SAAD

Titulares del derecho a las prestaciones del SAAD

Requisitos generales

Conforme al art. 5 de la Ley 39/2006, son titulares del derecho a las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia los españoles que cumplan los siguientes requisitos:

  • Encontrarse en situación de dependencia en alguno de los grados establecidos legalmente.
  • Residir en territorio español y haberlo hecho durante cinco años, dos de los cuales deberán ser inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud (para los menores de cinco años, el período de residencia se exigirá a quien ejerza su guarda y custodia).

Las personas que, reuniendo el requisito de encontrarse en situación de dependencia, no posean la nacionalidad española, se rigen por lo establecido en la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, y por los tratados internacionales y convenios que se establezcan con el país de origen; en todo caso, los menores extranjeros en situación de dependencia tienen garantizado el ejercicio de este derecho de acuerdo con la Ley Orgánica 1/1996, de Protección Jurídica del Menor.

Concepto de dependencia y de autonomía

La Ley 39/2006 define la dependencia como “el estado de carácter permanente en que se encuentran las personas que, por razones derivadas de la edad, la enfermedad o la discapacidad, y ligadas a la falta o a la pérdida de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, precisan de la atención de otra u otras personas o ayudas importantes para realizar actividades básicas de la vida diaria o, en el caso de las personas con discapacidad intelectual o enfermedad mental, de otros apoyos para su autonomía personal”. Se define, por contraposición, la autonomía como la capacidad de controlar, afrontar y tomar decisiones personales sobre cómo vivir de acuerdo con las normas y preferencias propias, así como de desarrollar las actividades básicas de la vida diaria.

Actividades básicas de la vida diaria (ABVD)

Son aquellas tareas más elementales que la persona debe realizar diariamente para poder vivir con autonomía (cuidado personal, actividades domésticas básicas, movilidad esencial, capacidad de reconocer personas y objetos, orientarse, entender y ejecutar órdenes o tareas sencillas), cuya imposibilidad de realización sin ayuda determina, precisamente, la situación de dependencia.

Ejemplo práctico

Un menor extranjero en situación irregular junto con su familia, pero con residencia efectiva en España, en situación de dependencia acreditada por discapacidad, tiene garantizado su derecho a las prestaciones del SAAD en aplicación de la Ley Orgánica 1/1996 de Protección Jurídica del Menor, con independencia de la situación administrativa de sus progenitores.

Ideas clave

  • Son titulares del SAAD los españoles en situación de dependencia con cinco años de residencia en España (dos inmediatamente anteriores a la solicitud).
  • Los extranjeros se rigen por la LO 4/2000 y los convenios con su país de origen; los menores extranjeros tienen garantizado el derecho en todo caso.
  • La dependencia se define por la falta de autonomía para las actividades básicas de la vida diaria (ABVD), que precisa la ayuda de un tercero.
Programa oficial: Capítulo III, Lección 3; art. 2 y 5 Ley 39/2006; LO 4/2000; LO 1/1996.