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Tema 21. Las prestaciones de servicios sociales y las prestaciones económicas

Tema 21. Las prestaciones de servicios sociales y las prestaciones económicas

Las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia

El catálogo de servicios

El art. 15 de la Ley 39/2006 establece el catálogo de servicios del SAAD, que se prestan preferentemente a través de la oferta pública de la red de centros y servicios públicos y concertados existente en cada Comunidad Autónoma:

  • Servicios de prevención de las situaciones de dependencia y de promoción de la autonomía personal.
  • Servicio de Teleasistencia: atención permanente a distancia mediante tecnología adecuada, con respuesta inmediata ante situaciones de emergencia.
  • Servicio de Ayuda a Domicilio: atención de las necesidades del hogar (limpieza, lavado, cocina) y atención personal (aseo, alimentación, movilidad) prestadas en el propio domicilio.
  • Servicio de Centro de Día y de Noche: atención integral (rehabilitadora, terapéutica y socializadora) durante el período diurno o nocturno, para personas mayores dependientes, personas con discapacidad o con enfermedades específicas (Centro de Día para menores de 65 años, Centro de Día de atención especializada, Centro de Noche).
  • Servicio de Atención Residencial: servicio de carácter permanente o temporal (por ejemplo, para descanso de los cuidadores familiares) que ofrece, desde un enfoque biopsicosocial, servicios continuados de carácter personal y sanitario en centros residenciales.

Prestaciones económicas

Cuando no sea posible el acceso a un servicio público o concertado adecuado, se reconocen, con carácter subsidiario y en función del grado de dependencia y de la capacidad económica del beneficiario, las siguientes prestaciones económicas:

  • Prestación económica vinculada al servicio: de carácter periódico, destinada a la adquisición de un servicio idóneo y acreditado cuando no sea posible el acceso a un servicio público o concertado de la red del SAAD.
  • Prestación económica para cuidados en el entorno familiar y apoyo a cuidadores no profesionales: reconocida, con carácter excepcional, cuando el beneficiario esté siendo atendido por su entorno familiar y se den las condiciones adecuadas de convivencia y habitabilidad, previa formación, información y medidas de respiro para el cuidador no profesional.
  • Prestación económica de asistencia personal: destinada a facilitar el acceso a la educación y al trabajo y a una vida más autónoma de la persona en situación de dependencia mediante la contratación de un asistente personal.

Programa Individual de Atención (PIA)

La determinación de los servicios y/o prestaciones económicas que correspondan a cada persona en situación de dependencia, dentro del catálogo legal, se concreta en el Programa Individual de Atención (PIA), elaborado por los servicios sociales correspondientes de la Comunidad Autónoma, tras un proceso de valoración de las necesidades del beneficiario y con la participación previa de este y, en su caso, de su familia o entidades tutelares.

Ejemplo práctico

Una persona con Grado II de dependencia severa que reside sola y cuya Comunidad Autónoma no dispone de plaza pública inmediata en un Centro de Día adecuado puede acceder, de forma subsidiaria, a una prestación económica vinculada al servicio para contratar un servicio idóneo acreditado, en lugar de la prestación en especie que sería preferente.

Ideas clave

  • El catálogo de servicios del SAAD comprende prevención, teleasistencia, ayuda a domicilio, centros de día/noche y atención residencial.
  • Las prestaciones económicas (vinculada al servicio, cuidados en el entorno familiar y asistencia personal) son subsidiarias respecto de los servicios en especie.
  • El PIA concreta, para cada beneficiario, los servicios y/o prestaciones económicas que le corresponden según su grado de dependencia y circunstancias.
Programa oficial: Capítulo III, Lección 5; arts. 13 a 25 Ley 39/2006.