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Tema 3. La Administración General del Estado

Tema 3. La Administración General del Estado

Concepto y regulación

La Administración General del Estado (AGE) es la organización administrativa de ámbito estatal, sometida a la dirección del Gobierno, regulada actualmente por la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público. Sirve con objetividad los intereses generales, actuando con sometimiento pleno a la Constitución y al resto del ordenamiento (art. 103.1 CE).

Organización central

  • Órganos superiores: los Ministros y los Secretarios de Estado, que ostentan la dirección política de sus respectivos departamentos.
  • Órganos directivos: Subsecretarios, Secretarios Generales, Secretarios Generales Técnicos, Directores Generales y Subdirectores Generales, que desarrollan funciones de gestión y ejecución bajo la dirección de los órganos superiores.
  • Los Ministerios: unidades organizativas básicas en que se estructura la Administración central, cada uno con competencia sobre un sector de actividad determinado.

Organización periférica

La AGE se proyecta también territorialmente mediante su Administración periférica: los Delegados del Gobierno en cada Comunidad Autónoma (que dirigen la Administración del Estado en su territorio y coordinan, en su caso, con la Administración autonómica) y los Subdelegados del Gobierno en cada provincia.

Organización exterior

La AGE actúa también fuera del territorio nacional a través de su Administración exterior: Embajadas, Representaciones Permanentes ante Organizaciones Internacionales y Oficinas Consulares, bajo la dirección del Ministerio de Asuntos Exteriores.

Ejemplo práctico

Ante un asunto que afecta a la vez a la Administración estatal y a la autonómica en una provincia concreta (p. ej., la coordinación de una emergencia sanitaria), interviene el Delegado del Gobierno en la Comunidad Autónoma correspondiente, como representante del Gobierno de la Nación en ese territorio y órgano de coordinación con la Administración autonómica, ilustrando la función de la Administración periférica del Estado.

Ideas clave

  • La AGE se regula hoy en la Ley 40/2015, y sirve con objetividad los intereses generales (art. 103.1 CE).
  • Organización central: órganos superiores (Ministros, Secretarios de Estado) y órganos directivos (Subsecretarios, Directores Generales, etc.).
  • Organización periférica (Delegados y Subdelegados del Gobierno) y exterior (Embajadas, Consulados).
Programa oficial de la asignatura, Tema 3; art. 103 CE; Ley 40/2015.