Saltar al contenido
Bloque 2. Sociedad, Recopilaciones y teoría del gobierno en la Edad Moderna

Bloque 2. Sociedad, Recopilaciones y teoría del gobierno en la Edad Moderna

Lección 3. Estructura social en la Edad Moderna

La sociedad española de los siglos XVI-XVIII sigue siendo, en lo esencial, una sociedad estamental heredada del Medievo (nobleza, clero, estado llano), aunque con matices propios de la época: el peso creciente de una burguesía comercial y financiera en las ciudades, y la relevancia del criterio de “limpieza de sangre” como factor de estratificación social adicional al puramente estamental, en un contexto de fuerte presión religiosa y control social por parte de la Monarquía y la Iglesia.

Lección 4. La época de las Recopilaciones

Tras la fragmentación normativa medieval, la Edad Moderna asiste a un esfuerzo de ordenación y sistematización del ingente volumen legislativo acumulado, mediante la técnica de la Recopilación (reunión ordenada, sin refundir su contenido, de disposiciones legales dispersas): la Nueva Recopilación de Castilla (1567) y, más tarde, la Novísima Recopilación (1805), son los hitos más relevantes de esta técnica normativa, antecedente de la posterior Codificación decimonónica (ver Civil I.1, tema 2).

Lección 5. Teoría y práctica de Gobierno: Monarquía y Cortes en la Edad Moderna

Frente al progresivo fortalecimiento del poder real (que culmina en el absolutismo de los siglos XVII-XVIII, especialmente acentuado con la llegada de la dinastía borbónica tras 1700), las Cortes medievales (ver Historia del Derecho Español, bloque 8) van perdiendo peso político efectivo, reduciéndose progresivamente su convocatoria y sus funciones reales de control sobre el monarca, hasta su práctica desaparición como órgano de peso durante buena parte del siglo XVIII.

Lección 6. Consejeros del rey y práctica consultiva

El gobierno de la Monarquía se articula, en ausencia de unas Cortes con poder efectivo, a través de un complejo sistema de Consejos (Consejo de Castilla, Consejo de Indias, Consejo de Aragón, entre otros), órganos colegiados de asesoramiento y gestión que auxiliaban al monarca en el gobierno de sus distintos territorios — antecedente histórico remoto de la actual Administración Consultiva (ver Derecho Administrativo I, tema 8).

Ejemplo práctico

Que la Novísima Recopilación de 1805 contuviera disposiciones legales de fechas y épocas muy dispares, sin unificar su contenido ni resolver sus contradicciones internas (a diferencia de un auténtico Código, que sí sistematiza y unifica), ilustra la diferencia técnica esencial entre la Recopilación (mera reunión ordenada de normas preexistentes) y la Codificación posterior del siglo XIX (creación de un cuerpo legal nuevo, sistemático y unitario, ver Civil I.1, tema 2).

Ideas clave

  • Sociedad estamental de la Edad Moderna, con el añadido del criterio de “limpieza de sangre” como factor de estratificación social.
  • Recopilaciones (Nueva Recopilación 1567, Novísima Recopilación 1805): ordenación sin unificación, antecedente de la Codificación posterior.
  • El absolutismo borbónico del siglo XVIII debilita a las Cortes; el gobierno se articula mediante el sistema de Consejos.
Programa oficial: Lecciones 3ª a 6ª (Parte I).