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Tema XV. El Estatuto de Bayona y la Constitución de 1812

Tema XV. El Estatuto de Bayona y la Constitución de 1812

Caracteres y periodos del constitucionalismo español

El constitucionalismo histórico español (siglos XIX-XX) se caracteriza por su inestabilidad: a diferencia de otros países europeos, España no logró un desarrollo constitucional continuo, sino una sucesión de textos de signo alterno (progresistas/liberales frente a moderados/conservadores), reflejo de la inestabilidad política del periodo.

El Estatuto de Bayona (1808)

El Estatuto de Bayona, otorgado por Napoleón tras la invasión francesa, no es propiamente una Constitución en sentido democrático (fue impuesto, no fruto de un poder constituyente nacional), pero introduce en España, por primera vez, ideas del constitucionalismo moderno: una cierta limitación del poder real, un embrión de división de poderes y el reconocimiento de algunos derechos, aunque conservando amplios poderes para el monarca (José I Bonaparte).

La Constitución de 1812

La Constitución de Cádiz de 1812 (“La Pepa”) es la primera Constitución española propiamente dicha, elaborada por las Cortes de Cádiz reunidas durante la Guerra de la Independencia. Sus rasgos esenciales:

  • Proclama la soberanía nacional (frente a la soberanía real del Antiguo Régimen): “la soberanía reside esencialmente en la Nación”.
  • Establece una monarquía moderada hereditaria, con división de poderes: potestad legislativa en las Cortes con el Rey, ejecutiva en el Rey, judicial en los tribunales.
  • Es de inspiración liberal, influida por el constitucionalismo francés y por la tradición jurídica castellana.
  • Tuvo una vigencia intermitente: derogada por Fernando VII en 1814, restaurada durante el Trienio Liberal (1820-1823), y derogada de nuevo tras la intervención de los Cien Mil Hijos de San Luis.

Ejemplo práctico

La Constitución de 1812 estableció un sufragio prácticamente universal masculino indirecto para la elección de las Cortes (algo muy avanzado para su época en el contexto europeo), pero mantuvo la confesionalidad católica del Estado como religión oficial y excluyente, reflejando la tensión entre las ideas liberales importadas y el peso de las tradiciones del Antiguo Régimen que atravesó todo el constitucionalismo español del XIX.

Ideas clave

  • El Estatuto de Bayona (1808) introduce por primera vez ideas constitucionales en España, aunque de forma impuesta y con amplios poderes reales.
  • La Constitución de 1812 es la primera Constitución española: soberanía nacional, monarquía moderada, división de poderes.
  • Vigencia intermitente de la Constitución de 1812: 1812-1814, restaurada 1820-1823.
Manual de referencia: Torres del Moral, Prácticas y Esquemas de Teoría del Estado Constitucional, Tema XV.