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Tema 1. La Constitución como organización del poder público

Tema 1. La Constitución como organización del poder público

La Constitución como instrumento de organización del poder

Más allá de su función de reconocer derechos (Constitucional II), la Constitución cumple una segunda función clásica esencial: organizar el poder del Estado (ver Teoría del Estado Constitucional, tema IV), distribuyéndolo entre distintos órganos y estableciendo las reglas de su ejercicio.

Principios básicos de organización del poder

  • Separación de poderes: distribución de las funciones estatales (legislativa, ejecutiva, judicial) entre órganos distintos, como técnica de limitación del poder (ver Teoría del Estado Constitucional, tema II).
  • Legitimación democrática: todo poder deriva, directa o indirectamente, de la soberanía popular (art. 1.2 CE, ver Teoría del Estado Constitucional, tema X).
  • Sometimiento al Derecho: todos los órganos constitucionales actúan dentro del marco jurídico fijado por la Constitución y el resto del ordenamiento.

Definición de funciones y órganos

La Constitución de 1978 define un conjunto de órganos constitucionales (Corona, Cortes Generales, Gobierno, Poder Judicial, Tribunal Constitucional, entre otros) a los que atribuye funciones específicas, cuyo estudio detallado constituye el objeto central de esta asignatura (temas 3 a 18).

La articulación de la organización territorial del poder

Junto a la distribución funcional del poder (separación de poderes), la Constitución articula también su distribución territorial, mediante el Estado autonómico (temas 12-14, ver también Teoría del Estado Constitucional, tema IX, y Constitucional I, lecciones XV-XVII).

Ejemplo práctico

Que la Constitución no se limite a proclamar derechos (Título I, ver Constitucional II) sino que dedique la mayor parte de su articulado (Títulos II a IX) a organizar el poder —quién puede legislar, quién gobierna, quién juzga, cómo se reparte el poder territorialmente— ilustra la doble función clásica de toda Constitución moderna: garantizar derechos y organizar (y, con ello, limitar) el poder, dos caras de una misma moneda constitucional.

Ideas clave

  • La Constitución cumple una doble función: reconocer derechos (Constitucional II) y organizar el poder (Constitucional III).
  • Principios de organización: separación de poderes, legitimación democrática, sometimiento al Derecho.
  • Doble distribución del poder: funcional (separación de poderes) y territorial (Estado autonómico).
Programa oficial de la asignatura, Tema 1.