Bloque 1. Introducción: conceptos básicos, legalidad y aplicación de la ley penal
Lección 1. Conceptos básicos del Derecho penal
El Derecho penal es la rama del ordenamiento que define determinadas conductas como delitos y establece las penas o medidas de seguridad aplicables a quienes las cometen, cumpliendo una función de protección de los bienes jurídicos más importantes para la convivencia social (vida, libertad, patrimonio) y de control social formalizado, como ultima ratio del ordenamiento (interviene solo cuando otras ramas del Derecho resultan insuficientes).
Lección 2. El Derecho penal en el ordenamiento jurídico. El principio de legalidad y las fuentes
- El principio de legalidad penal (nullum crimen, nulla poena sine lege, art. 25.1 CE, ver Constitucional II): nadie puede ser condenado por acciones u omisiones que no constituyan delito según la legislación vigente en el momento de producirse, ni sufrir una pena no prevista legalmente. Comprende varias garantías: reserva de ley orgánica (ver Constitucional I, lección X), taxatividad o mandato de determinación (las conductas deben describirse con precisión, prohibiendo tipos penales vagos), y prohibición de la analogía in malam partem (ver Civil I.1, tema 4, para el concepto general de analogía, aquí excluida en perjuicio del reo).
- Fuentes del Derecho penal: la ley (única fuente directa de creación de delitos y penas, dado el principio de legalidad), sin que la costumbre ni los principios generales puedan crear delitos, y con un papel muy limitado de la jurisprudencia como fuente en sentido estricto.
Lección 3. La aplicación de la ley penal (I): la ley penal en el tiempo
Rige, con especial intensidad, el principio de irretroactividad de las leyes penales desfavorables (ver Constitucional I, lección VI), con la importante excepción de la retroactividad de la ley penal más favorable al reo (retroactividad in bonam partem), incluso respecto de hechos ya juzgados con sentencia firme si la nueva ley despenaliza la conducta o reduce la pena.
Lección 4. La aplicación de la ley penal (y II): la ley penal en el espacio. Derecho penal internacional
- Principio de territorialidad (regla general): la ley penal española se aplica a los delitos cometidos en territorio español, con independencia de la nacionalidad del autor.
- Principio de personalidad: excepcionalmente, se aplica la ley penal española a hechos cometidos por españoles fuera de España, en determinadas condiciones.
- Principio de protección de intereses: para delitos que afectan a intereses esenciales del Estado español, con independencia de dónde y por quién se cometan.
- Principio de justicia universal: aplicación de la ley penal española a determinados delitos de especial gravedad para la comunidad internacional (genocidio, crímenes de guerra), hoy muy restringido en su alcance práctico tras sucesivas reformas legislativas.
Ejemplo práctico
Si el Código Penal despenaliza una conducta que antes era delito, una persona condenada por sentencia firme y que está cumpliendo condena por esa conducta ya despenalizada debe ser puesta en libertad de inmediato, en aplicación de la retroactividad de la ley penal más favorable: este es el ejemplo más claro de la única excepción relevante al principio general de irretroactividad de las leyes penales.
Ideas clave
- Principio de legalidad penal (art. 25.1 CE): reserva de ley orgánica, taxatividad, prohibición de analogía in malam partem.
- Irretroactividad de la ley penal desfavorable, con la importante excepción de la retroactividad de la ley penal más favorable al reo.
- Aplicación espacial: territorialidad (regla general), personalidad, protección de intereses y justicia universal (excepciones tasadas).