Tema 8. La Administración del empleo público
Órganos y competencias en materia de función pública
La ordenación y gestión del empleo público se distribuye entre distintos órganos, según el ámbito territorial (Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales) y funcional. Con carácter general corresponde a cada Administración la planificación y ordenación de sus recursos humanos, a través de instrumentos como la oferta de empleo público, los planes de ordenación de recursos humanos y las relaciones de puestos de trabajo, así como la aprobación de sus propias plantillas presupuestarias.
La oferta de empleo público
Las necesidades de recursos humanos con asignación presupuestaria que no puedan ser cubiertas con los efectivos existentes deben ser objeto de la correspondiente oferta de empleo público (OEP), que se aprueba anualmente por los respectivos órganos de gobierno, se publica en el diario oficial correspondiente y contiene los cupos de plazas a cubrir mediante los distintos sistemas de acceso, incluyendo la reserva de plazas para personas con discapacidad y, en su caso, los procesos de estabilización de empleo temporal.
Instrumentos de ordenación y gestión
- Planes de ordenación de recursos humanos: conjuntos integrados de actuaciones destinados a racionalizar y adecuar los efectivos de personal a las necesidades de los servicios, previa negociación con las organizaciones sindicales.
- Registros de personal: en los que se inscriben, con respeto al derecho a la intimidad, todos los actos que afecten a la vida administrativa de los empleados públicos.
- Negociación colectiva: se desarrolla a través de las Mesas de negociación, constituidas en cada Administración, en las que se negocian las materias relativas a condiciones de trabajo de los empleados públicos, con eficacia y alcance diferenciados según se trate de funcionarios (donde el acuerdo requiere, en su caso, la aprobación expresa y formal por el órgano de gobierno) o de personal laboral (sujeto a la legislación laboral general y a la negociación colectiva propia del Estatuto de los Trabajadores).
- Órganos de representación: Delegados de Personal y Juntas de Personal para funcionarios, Comités de Empresa para personal laboral.
Movilidad y provisión de puestos de trabajo
Los puestos de trabajo se proveen, con carácter general, mediante los sistemas de concurso (procedimiento normal de provisión, en el que se valoran los méritos y capacidades de los candidatos con arreglo a los baremos previamente establecidos) y libre designación (con convocatoria pública, para puestos de especial responsabilidad y confianza), sin perjuicio de otras formas de movilidad como la redistribución de efectivos, la reasignación de efectivos o las comisiones de servicio.
Ejemplo práctico
Un Ministerio detecta, tras un plan de ordenación de recursos humanos, un excedente de personal en una unidad administrativa y una carencia en otra de nueva creación. En lugar de acudir a nuevas convocatorias externas, utiliza los instrumentos de movilidad interna (redistribución o reasignación de efectivos) para reubicar a los funcionarios afectados, optimizando así los recursos humanos ya disponibles antes de recurrir a la oferta de empleo público.
Ideas clave
- Cada Administración planifica y ordena sus propios recursos humanos: oferta de empleo público, planes de ordenación y relaciones de puestos de trabajo.
- La oferta de empleo público (OEP) es el instrumento anual para cubrir las necesidades de personal con asignación presupuestaria.
- La negociación colectiva se articula mediante Mesas de negociación, con eficacia distinta para funcionarios y personal laboral.
- Provisión de puestos: concurso (regla general) y libre designación (puestos de confianza); movilidad mediante redistribución, reasignación y comisiones de servicio.